Esta Regata será organizada conjuntamente por el Yacht
Club Argentino y el Iate Clube do Río de Janeiro sobre la base de un recorrido
de 1.123 millas náuticas.
1. REGLAS:
1.1. La regata será corrida bajo las “Reglas”, tal como se definen en el
Reglamento de Regatas a Vela de la ISAF 2005 – 2008 (R.R.V.).
1.2. Reglas de Medición I.M.S. y O.R.C. Club con sus Regulaciones.
1.3. Reglamento para la Medición y Regatas de barcos de Época y Clásicos
2007-2011 del Comité Internacional de la Méditerranée.
1.4. Reglas para la división Tripulaciones en Dobles Fórmula O.R.C. Club.
1.5. Reglas Especiales ISAF para Regatas de Crucero, Enero 2008 – Diciembre
2009, Categoría 2. Las reglas 3.13.1 y 4.19 no serán exigibles aunque se
recomienda su cumplimiento. Además será obligatorio llevar a bordo un Teléfono
Satelital.
1.6. Entre la puesta y la salida del sol, regirá el Reglamento Internacional
para Prevenir los Abordajes 1972 (RIPA) y las enmiendas de Noviembre de 1981,
reemplazando a las Reglas de Derecho de Paso de la Parte 2 del RRV.
1.7. No regirán las Prescripciones de las Autoridades Nacionales intervinientes,
excepto la Prescripción 8 AGUAS LIMPIAS de la Autoridad Nacional Argentina: Los
residuos acumulados en un barco durante una regata deberán ser eliminados
apropiadamente una vez llegado el barco a tierra. Su eliminación por la borda
podrá ser motivo de descalificación.
2. AUTORIDAD ORGANIZADORA: Yacht Club Argentino e Iate
Clube do Rio de Janeiro.
3. PUBLICIDAD:
3.1. La Regata será de Categoría "C" de acuerdo a la Regulación 20 de la ISAF.
3.2. Se exhibirá en la proa de los barcos los calcos de los auspiciantes de la
regata, de acuerdo a la Regulación ISAF 20.3 (d) (i), que establece que la
Autoridad Organizadora podrá exigir la exhibición de publicidad del auspiciante
del evento en cada banda de la proa.
3.3. Además, durante las regatas, se exigirá que los participantes exhiban en
forma permanente una bandera de “Rolex”, auspiciante principal del evento.
3.4. Las embarcaciones mientras estén en su amarra en el puerto de Buenos Aires
y Río de Janeiro, deberán exhibir en el estay de proa las banderas de los
distintos auspiciantes del evento.
3.5. Las banderas y los calcos serán provistos por la Autoridad Organizadora.
4. LUGAR Y FECHA DE PARTIDA:
4.1. La partida será el sábado 9 de Febrero de 2008 a las 15.00 horas (hora
Oficial Argentina), en proximidades del Puerto de Buenos Aires.
5. RECORRIDO:
5.1. Buenos Aires – Río de Janeiro. El detalle final del mismo
para cada Clase será establecido en las Instrucciones de Regata.
6. LÍNEA DE LLEGADA:
6.1. Será en Río de Janeiro. Los yates tendrán amarras en la sede del I.C.R.J.
en Río de Janeiro.
7. CLASES:
7.1. Los yates deberán tener Certificado de Medición válido de acuerdo con la
Fórmula correspondiente. No se permitirá la participación simultánea entre
Clases.
7.2. Podrán participar barcos medidos por las Fórmulas “I.M.S”, “O.R.C. Club”,
“Veleros Clásicos” y habrá una División para Tripulaciones en Dobles.
7.3. El Comité Organizador se reserva el derecho de rechazar inscripciones y de
incluir a los barcos en una u otra Fórmula, además de medirlos nuevamente y/o
inspeccionarlos cuando lo crea conveniente.
7.4. La flota se dividirá en Clases, de acuerdo con los yates inscriptos. Los
límites de cada Clase se comunicarán antes de la partida.
7.5. Podrán participar yates con eslora total (LOA) mayor a 9.00 m.
8. DIVISIÓN PARA TRIPULACIONES EN DOBLES:
8.1. Se ha previsto la incorporación de una división para Tripulaciones en
Dobles. Los inscriptos deberán contar con certificado de Medición O.R.C. Club y
cumplir con todos los requisitos del presente Aviso de Regata.
8.2. Será condición para habilitarla que se inscriban 3 o más yates. También se
podrá dividir en Clases de acuerdo a la cantidad de inscriptos.
8.3. Para esta Clase se permitirá el uso de dispositivos automáticos para
timonear, ya sea mecánicos o electrónicos como así también enrolladores de todo
tipo para guardar o rizar velas. Esto modifica la regla 52 del RRV. Rigen
plenamente las reglas 49.2 y 51 (posición de la tripulación y del lastre).
9. MEDICIONES E INSPECCIONES:
9.1. El Yacht Club Argentino medirá barcos en las Fórmulas “I.M.S.” y “O.R.C.
Club” hasta el viernes 1 de Febrero de 2008.
9.2. Las Inspecciones de Equipo de Seguridad se efectuarán del 4 al 7 de Febrero
de 2008. El viernes 8 de Febrero sólo se verificarán elementos faltantes de
inspecciones previas. No se harán inspecciones el día de la partida. Los
participantes deberán solicitar turno en la Secretaría de la Regata en el Yacht
Club Argentino.
10. REUNION DE CAPITANES:
10.1. Se llevará a cabo el viernes 8 de Febrero de 2008 a las 12.00 horas en la
Sede Dársena Norte del Yacht Club Argentino.
11. INSTRUCCIONES ESPECIALES:
11.1. Los barcos llevarán un transceptor VHF para escucha en los Canales 16, 68
y 71 y se recomienda el uso de receptor-transmisor HF-SSB capaz de operar como
mínimo en las siguientes frecuencias: 4.125.0 Khz (llamada y urgencia Atlántico
Sur), 4.143.6 (Embarcaciones de Pesca Brasil), 4.431.8 (Tráfico Normal
Estaciones Costeras Brasil), 6.221.6, 8.294.2, 8.291.1 (Tráfico Normal
Estaciones Costeras Brasil), 12.435.4 (Tráfico Normal Larga Distancia), 16.593.3
Khz (Tráfico Normal Larga Distancia).
11.2. La Comisión de Regata podrá instalar posicionadores satelitales en todos o
algunos de los barcos participantes para ser usados en forma obligatoria durante
la regata oceánica. Además se deberá asegurar la provisión permanente de energía
al mismo. La desconexión del sistema podrá ser motivo de penalización o
descalificación del barco. Esta regla modifica la regla 63.1 del RRV. En caso
que se instalen los posicionadores, los barcos deberán estar a disposición de la
Comisión Organizadora 72 horas antes de la largada, para lo cual se habilitarán
las amarras necesarias en la Sede Dársena Norte del Yacht Club Argentino.
12. INSCRIPCIONES:
12.1. Se recibirán en el Yacht Club Argentino y en el Iate Clube do Río de
Janeiro hasta el 29 de Enero de 2008. Deben ser presentadas en el formulario
oficial acompañando U$S 300.- como derecho de inscripción. Los yates
patrocinados pagarán U$S 600.-
12.2. Los barcos con tripulantes menores de 21 años, deberán presentar en el
momento de la inscripción un formulario de “Limitación de Responsabilidad”
firmado por el padre y madre o tutor. La firma del responsable deberá ser
certificada por Escribano. El mismo se podrá solicitar en la Oficina de Regata o
bajarlo de la Web con la información de este Campeonato: www.yca.org.ar. Para
las tripulaciones argentinas, se tomará como válido el trámite realizado ante la
FAY si figura en el listado publicado en su Web:
www.fay.org.ar.
12.3. Los formulario deberán dirigirse al:
YACHT CLUB ARGENTINO
Viamonte y Costanera Sur
Dársena Norte
(1107) Buenos Aires
Argentina
TEL. (54-11) 4314-0505
FAX (54-11) 4312-9520
E-mail: yca@yca.org.ar
Web:
http://www.yca.org.ar
IATE CLUBE DO RIO DE JANEIRO
Av. Pasteur 333
Praia Vermelha,
22290 Río de Janeiro, RJ
Brasil
TEL. (55-21) 543-1244
FAX:(55-21) 543-1012
E-mail: comodoro@icrj.com.br
Web:
http://www.icrj.com.br
13. DECISIÓN DE REGATEAR Y RESPONSABILIDAD:
13.1. Como condición de la inscripción, cada propietario, timonel y tripulante
deberá firmar una declaración aceptando la siguiente liberación de
responsabilidad:
Acepto regirme por Reglamento de Regatas a Vela (RRV) 2005-2008, las
Instrucciones de Regata y el Aviso de Regata.
Acepto expresamente la "Regla Fundamental 4 Decisión de Regatear: La
responsabilidad por la decisión de un barco de participar en una regata o de
continuar regateando, es exclusiva del barco"
Acepto que la responsabilidad exclusiva e ineludible de las condiciones
marineras de cualquier yate que participa en el Circuito Atlántico Sur Rolex Cup
2008, su aparejo, el equipo de seguridad a bordo y la capacidad, el
comportamiento y la vestimenta de la tripulación es del propietario/responsable
del barco.
Como participante acepto que compito voluntariamente y bajo mi propio y
exclusivo riesgo, teniendo pleno conocimiento que la competencia puede ser
peligrosa, por lo que libero de toda responsabilidad, directa o indirecta y con
tanta amplitud como lo permita la ley, a los organizadores, coorganizadores,
auspiciantes y sponsors (ROLEX y sus afiliadas en particular, pero no en forma
excluyente), autoridades, oficiales y jueces, y/o agentes y/o empleados de los
organizadores y coorganizadores y auspiciantes y sponsors (ROLEX y sus afiliadas
en particular, pero no en forma excluyente) y/o prestadores de servicios, en
forma onerosa o gratuita, por cualquier daño, erogación, lesión y/o pérdida de
la vida y/o de los bienes que pudiera sufrir y renuncio a cualquier acción,
demanda o reclamo ante los tribunales ordinarios de Justicia ordinaria, por lo
que acepto someterlo a arbitraje. Esta limitación de responsabilidad abarca los
hechos que ocurran antes, durante, entre o después de la competencia y
actividades conexas, incluyendo la atención y traslado en caso de una emergencia
médica.
También acepto asumir la responsibilidad parcial y total por todos los daños
causados a terceros o a sus pertenencias, a mi persona o a mis pertenencias, en
tierra y en el agua como consecuencia de mi participación en la regata, y por la
presente libero de responsabiliodad de cualquier daño propio y/o a terceros y
acepto mantener indemne al YACHT CLUB ARGENTINO, y el IATE CLUBE DO RIO DE
JANEIRO sus empleados, agentes y sponsors (ROLEX y sus afiliadas en particular,
pero no en forma excluyente), y sus representantes con respecto a cualquier
reclamo que pudiera surgir.
14. ARBITRAJE:
Las decisiones finales y acciones tomadas por los organizadores, relativas a
cualquier controversia de índole patrimonial o de cualquier otra naturaleza –
que exceda el marco decisorio establecido por el Reglamento de Regatas a Vela de
la ISAF – pero que tenga origen directo o indirecto en la competencia o en
hechos o actos vinculados a la misma, que puedan involucrar a los competidores,
otros participantes, a la Autoridad Organizadora o a cualquier parte nombrada en
el párrafo 12 entre sí, en forma conjunta o indistinta, no serán recurribles
ante los tribunales de la Justicia Nacional, Provincial ni Municipal. Solamente
podrán ser sometidas, por cualquiera de las partes involucradas, al arbitraje
del Tribunal Arbitral de Derecho Deportivo, el que establecerá las normas de
procedimiento y cuyo laudo será vinculante, definitivo e inapelable.
15. PROTESTAS
15.1. Las protestas serán tratadas por un Jurado Internacional cuyas decisiones
serán inapelables de acuerdo al Apéndice N y la Regla 70.4 del RRV (2005-2008).
16. PREMIOS:
16.1. Se entregarán el 21 de Febrero de 2008 en el Iate Clube do Río de Janeiro.
El detalle de los mismos figurará en las Instrucciones de Regata.
Fuente:
www.yca.org.ar